El 12 de Noviembre de 1997 se concibe una propuesta de Declaración de los Derechos Humanos en el Ciberespacio, muy parecida a los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuando uno está leyendo la propuesta no puede evitar recordar a Declaración Universal ya que es muy parecida hasta en la redacción, cambiando algunas palabras relacionadas con el acceso a la información, la tecnología y la conectividad.
Dentro de los artículos que llamaron mi atención están:
Artículo 5. Sin acuerdo previo, nadie debe ser sometido a correo electrónico masivo no solicitado, la obstrucción de archivos adjuntos-servidor, o applets invasoras.
Siempre visualicé al correo masivo como un mal del que uno no puede evitar librarse, ahora sé que están violentando mi derechos, que lástima que los encargados de correos masivos aunque conozcan dicho documento no sean capaces de autorregularse, así que seguramente continuaré recibiendo correos donde me informan que he sido ganadora de algún premio u ofertándome uno de esos maravillosos viajes a varadero.
Artículo 11.
Toda persona tiene derecho a un nivel básico de acceso a la información a través de instituciones públicas y proveedores de servicios.
Qué puedo decir de este punto que no se haya dicho ya… saturación de información en numerosos casos manipulada, personas que por su situación geográfica, social y económica no tienen derecho a la información porque es censurada, ya sea que vivas en dictadura o en democracia.
Artículo 15
Nadie debe ser privado arbitrariamente de su acceso o cuenta de correo electrónico, ni estar sometido a condiciones poco razonables o cambios en el servicio.
Cada vez más son los casos de saqueos de cuentas de correo, cualquiera que tenga habilidades con la computadora y un poco de malicia puede sacar a la luz cosas privadas, obtener información confidencial de cuentas, bloquear tu correo o hacer llega a tus amistades y amigos correos falsos, usurpando tu identidad. Este punto me parece importante ya que todos conocemos casos así o los hemos vivido. Respecto a cambios en el servicio, cada vez que Windows Live Messenger cambia de versión enloquezco, aparecen nuevas funciones y cosas así de repente, sin tener la “decencia” de avisarme.
Artículo 17
Cada persona y la información sobre sus actividades en línea es propiedad valiosa, bajo el control de la persona que la genera. Toda persona tiene derecho a determinar el valor de esa propiedad por sí mismos, y elegir a revelar o cambiarlo si lo considera conveniente.
A pesar de que quienes nos suscribimos a las redes sociales ponemos ciertas restricciones sobre las personas que pueden vernos y saber de nosotros, es común que personas desconocidas nos agreguen, encuentren nuestras direcciones o peor aún obtengan datos que por muy confidenciales que sean según la empresa que brinda el servicio, ahora sabemos que nuestra información no está tan segura como parece como es el caso de Facebook.
“Cientos de grupos de Facebook han sido secuestrados por un grupo anónimo autodenominado “Control Your Info”, es decir, “Controla tu información que pretende mostrar lo que, desde su punto de vista, es el mayor problema de seguridad de esta red social. Desde Facebook han minimizado el incidente y afirman que no se ah producido ningún secuestro de grupos o robo de información confidencial.”
Fuente: http://www.idg.es/pcworld/Secuestran-grupos-de-Facebook-para-demostrar-su-in/doc86995-Seguridad.htm
Artículo 20
Los padres tienen el derecho y la responsabilidad de guiar la experiencia en línea de sus hijos basado en sus propios puntos de vista. Ninguna agencia o institución tiene derecho a suplantar las opciones de los padres en este sentido.
No sólo un derecho, sino el deber de todo padre de familia, ¿cuántos realmente orientan a sus hijos en cuestiones relacionadas con el Internet? Basta de dejarle la responsabilidad sólo al maestro.
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